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Ley Vigente

Disposición transitoria quinta.

Disposición transitoria quinta de la Ley 15/2003, de 26 de mayo, reguladora del régimen retributivo de las carreras judicial y fiscal. · BOE-A-2003-10524

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-05-28.

Texto consolidado

Los magistrados de órganos unipersonales y los fiscales de segunda categoría distintos de los Fiscales Jefes y Tenientes Fiscales de Audiencias Provinciales y de los fiscales coordinadores, que conforme al Real Decreto 391/1989, de 21 de abril, estuviesen destinados en localidades correspondientes al grupo cinco y queden integrados en el grupo cuarto de población previsto en los anexos II.1 y V.1 de esta ley, percibirán un complemento personal y transitorio en tanto no obtengan nuevo destino. La cuantía de dicho complemento se establece en los anexos II.4 y V.5.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-05-28.

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