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Ley Derogada

Disposición transitoria quinta.

Disposición transitoria quinta de la Ley 1/1982, de 18 de octubre, de Gobierno y de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. · BOE-A-1983-2625

Atención: Ley 1/1982 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. La Comunidad Autónoma asume los presupuestos vigentes de la Diputación Provincial de Murcia y del Consejo Regional de Murcia en el momento de su extinción, los cuales continuarán en ejecución hasta que se apruebe el presupuesto general de aquélla.

2. A tal efecto, el Consejo de Gobierno remitirá a la Asamblea Regional para su aprobación, un proyecto de presupuesto integrado que contenga desglosados los presupuestos referidos en las diversas consignaciones, con las acomodaciones que sean oportunas, y que, al propio tiempo, incorpore el presupuesto de la Asamblea Regional, así como las asignaciones necesarias para dotar los gastos de la infraestructura y de funcionamiento de la Comunidad Autónoma, no contemplados con anterioridad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1982-10-23.

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