Disposición transitoria primera. Régimen de los procedimientos ya iniciados.
Disposición transitoria primera del Real Decreto 725/2020, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo. · BOE-A-2020-9133
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-08-25.
Texto consolidado
Los procedimientos iniciados antes de la entrada en vigor del presente real decreto se regularán por las normas vigentes en el momento de la solicitud, y con arreglo a ellas se resolverán, salvo que lo establecido en el presente reglamento fuera más favorable para el interesado.
Más artículos de Real Decreto 725/2020
- ← Disposición adicional única. Mantenimiento de las cuantías de las pensiones reconocidas.
- → Disposición transitoria segunda. Conservación de derechos consolidados.
- Ver la norma completa: Real Decreto 725/2020, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo.