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Real Decreto Derogada

Disposición transitoria primera. Régimen transitorio de los órganos colegiados.

Disposición transitoria primera del Real Decreto 683/2021, de 3 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Política Territorial. · BOE-A-2021-13261

Atención: Real Decreto 683/2021 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Los actuales órganos colegiados continuarán existiendo, sin perjuicio de que se proceda a su adaptación a lo dispuesto en este real decreto, quedando limitadas su composición y funciones al actual ámbito orgánico y competencial del Ministerio de Política Territorial.

2. No obstante, en relación con las materias propias de la Secretaría de Estado de Función Pública, hasta tanto no se apruebe la norma por la que se regulen los órganos colegiados con competencias en el ámbito de la contratación del Ministerio de Hacienda y Función Pública, o, en su defecto, hasta que se haga efectiva la resolución conjunta de las Subsecretarías de Política Territorial y de Hacienda y Función Pública a la que se refiere la disposición transitoria segunda, la Junta de Contratación y la Mesa de Contratación mantendrán su composición y continuarán desempeñando las funciones que venían ejerciendo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-08-04.

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