Disposición transitoria primera. Régimen retributivo transitorio aplicable al personal adscrito a los servicios territoriales del Departamento y de sus organismos autónomos.
Disposición transitoria primera del Real Decreto 390/1998, de 13 de marzo, por el que se regulan las funciones y la estructura orgánica de las Delegaciones de Economía y Hacienda. · BOE-A-1998-6188
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-03-15.
Texto consolidado
El personal adscrito a los servicios territoriales del Departamento y de sus organismos autónomos, incluidos los titulares de las unidades afectadas por la reestructuración, seguirá percibiendo la totalidad de sus retribuciones con cargo a los créditos a que venían imputándose hasta que sean aprobadas las nuevas relaciones de puestos de trabajo y se proceda a efectuar las correspondientes modificaciones presupuestarias.
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