Disposición transitoria primera. Movimiento para vida hacia comarcas con prevalencia igual o inferior al 5 por cien.
Disposición transitoria primera del Real Decreto 360/2009, de 23 de marzo, por el que se establecen las bases del programa coordinado de lucha, control y erradicación de la enfermedad de Aujeszky. · BOE-A-2009-6070
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-04-12.
Texto consolidado
Se establece un plazo máximo de 6 meses desde la entrada en vigor para los requisitos establecidos en el artículo 9.4, en relación al movimiento de animales para vida hacia explotaciones ubicadas en comarcas con prevalencia igual o inferior al 5 por cien.