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Real Decreto Derogada

Disposición transitoria primera.

Disposición transitoria primera del Real Decreto 2483/1986, de 14 de noviembre, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria sobre Condiciones Generales de Transporte Terrestre de Alimentos y Productos Alimentarios a Temperatura Regulada. · BOE-A-1986-32016

Atención: Real Decreto 2483/1986 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Se establece el plazo de dos años, a contar desde la fecha de la publicación del presente Real Decreto, para que todas las personas físicas y jurídicas dedicadas a actividades relacionadas con esta Reglamentación, cuyos vehículos de transporte no reúnan las condiciones que en ella se preceptúan, puedan llevar a cabo las modificaciones necesarias para su adaptación a las mismas.

En cuanto a la homologación de vehículos y la instalación de termógrafos en estos vehículos se estará a lo dispuesto por el Real Decreto 2312/1985, de 24 de septiembre, por el que se aprueban las normas de homologación, ensayo e inspección del acondicionamiento térmico de los vehículos destinados al transporte de mercancías perecederas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1986-12-25.

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