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Real Decreto Derogada

Disposición transitoria primera. Implantación gradual de las comunicaciones telemáticas.

Disposición transitoria primera del Real Decreto 231/2002, de 1 de marzo, por el que se regula el Registro Central de Rebeldes Civiles. · BOE-A-2002-5333

Atención: Real Decreto 231/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

En tanto los órganos judiciales carezcan de los medios necesarios para efectuar las comunicaciones telemáticas a que se refiere el artículo 4, éstas se realizarán por otros medios que permitan tener constancia del origen de la comunicación recibida.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-03-17.

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