Disposición transitoria primera. Permanencia de unidades y modificación de la relación de puestos de trabajo.
Disposición transitoria primera del Real Decreto 2069/1999, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la entidad pública empresarial Loterías y Apuestas del Estado. · BOE-A-2000-727
Atención: Real Decreto 2069/1999 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Las unidades y puestos de trabajo con nivel orgánico inferior a Subdirección General encuadrados en las unidades suprimidas o refundidas continuarán subsistentes hasta que se modifique la correspondiente relación de puestos de trabajo, pasando a depender provisionalmente de las unidades que correspondan, de acuerdo con las funciones que se les atribuyen por este Estatuto.
La entidad pública empresarial procederá a la modificación de la relación de puestos de trabajo para adaptarla a la reorganización prevista en su constitución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 30/1984, en su redacción por la Ley 23/1988, de 28 de julio. La citada modificación, adecuándose a las previsiones contenidas en esta norma, en ningún caso podrá generar incremento de gasto público, por encima de las cantidades presupuestadas en el capítulo I.