Disposición transitoria primera. Instalaciones existentes.
Disposición transitoria primera del Real Decreto 2016/2004, de 11 de octubre, por el que se aprueba la Instrucción técnica complementaria MIE APQ-8 "Almacenamiento de fertilizantes a base de nitrato amónico con alto contenido en nitrógeno". · BOE-A-2004-18166
Atención: Real Decreto 2016/2004 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los almacenamientos de fertilizantes a base de nitrato amónico con alto contenido en nitrógeno, existentes con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de este real decreto o que estuviesen en trámite de inscripción en dicha fecha, se adaptarán a las prescripciones de la ITC MIE APQ-8 en el plazo máximo de cinco años, contados desde la fecha de entrada en vigor.
Para ello, en el plazo de seis meses, contados desde la entrada en vigor de este real decreto, se presentará, ante el órgano competente de la correspondiente comunidad autónoma, un proyecto en el que consten las modificaciones que se van a realizar para adecuar las instalaciones a dicha ITC.
Una vez terminadas las obras de adaptación, dentro del citado plazo de cinco años, se procederá a justificar esta circunstancia al órgano competente de la comunidad autónoma mediante la correspondiente certificación, que deberá hacer constar que las obras se realizaron según el proyecto presentado, y/o las variaciones que, en relación a aquéllas, se hayan introducido.
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- Ver la norma completa: Real Decreto 2016/2004, de 11 de octubre, por el que se aprueba la Instrucción técnica complementaria MIE APQ-8 "Almacenamiento de fertilizantes a base de nitrato amónico con alto contenido en nitrógeno".