Disposición transitoria primera.
Disposición transitoria primera del Real Decreto 137/1984, de 11 de enero, sobre estructuras básicas de salud. · BOE-A-1984-2574
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-02-21.
Texto consolidado
En tanto no se establezca el modelo retributivo definitivo del personal sanitario estatutario con cupo que se incorpore a los Equipos de Atención Primaria, recibirá el complemento económico que se determine, además de la retribución que le corresponda por el cupo de titulares adscritos, según las normas actualmente vigentes; con el propósito de equilibrar sus niveles retributivos.