Disposición transitoria primera. Unidades y puestos de trabajo de rango inferior a Subdirección General.
Disposición transitoria primera del Real Decreto 1045/2018, de 24 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación y Formación Profesional. · BOE-A-2018-11839
Atención: Real Decreto 1045/2018 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Las Unidades y puestos de trabajo con nivel orgánico inferior a Subdirección General continuarán subsistentes y serán retribuidas con cargo a los mismos presupuestos, hasta que se apruebe la correspondiente relación de puestos de trabajo del Ministerio de Educación y Formación Profesional, adaptada a la estructura orgánica que se aprueba por este real decreto. Esta relación de puestos de trabajo no podrá generar incremento de costes de personal.
2. Las Unidades y puestos de trabajo encuadrados en los órganos suprimidos por este real decreto se adscribirán provisionalmente, mediante resolución del titular de la Subsecretaría, hasta tanto entre en vigor la nueva relación de puestos de trabajo, a los nuevos órganos o unidades regulados en este real decreto, en función de las atribuciones que estos tienen asignados.
3. Por resolución conjunta de las Subsecretarías de Educación y Formación Profesional y de Ciencia, Innovación y Universidades se arbitrarán las medidas precisas para distribuir, con arreglo a los criterios de proporcionalidad que resulten de aplicación, las unidades y puestos de trabajo inferiores a Subdirección General adscritos a los órganos de los servicios comunes procedentes del extinguido Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
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