Disposición transitoria primera. Periodo transitorio para el marcado obligatorio en granja.
Disposición transitoria primera del Real Decreto 1027/2024, de 8 de octubre, por el que se regulan las condiciones de aplicación de la normativa de la Unión Europea de comercialización de huevos. · BOE-A-2024-20403
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-10-10.
Texto consolidado
Se podrán seguir marcando los huevos en los centros de embalaje sin autorización previa hasta el 8 de noviembre de 2024.