Disposición transitoria primera.
Disposición transitoria primera de la Orden de 28 de mayo de 1997 por la que se establece el modelo de Informe Personal de Calificación para el Cuerpo de la Guardia Civil (IPECGUCI) y se aprueban las normas para su cumplimentación. · BOE-A-1997-12226
Atención: BOE-A-1997-12226 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El Director general de la Guardia Civil fijará un calendario progresivo de aplicación del (IPECGUCI) al personal de la Escala Básica de Cabos y Guardias, de tal manera que alcance a todos los componentes en el plazo máximo de tres años a contar desde la entrada en vigor de la presente Orden.
Se amplía el plazo hasta el máximo fijado en la disposición transitoria 1 de la Ley 42/1999, de 25 de noviembre, de Régimen del Personal del Cuerpo de la Guardia Civil Ref. BOE-A-1999-22670. por el apartado 1 de la Orden de 5 de julio de 2000. Ref. BOE-A-2000-13170.
Atención: Plazo ampliado hasta el máximo fijado en la disposición transitoria 1 de la Ley 42/1999, de 25 de noviembre.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2000-13170.