Disposición transitoria primera. Juzgados de lo Mercantil existentes.
Disposición transitoria primera de la Ley Orgánica 7/2022, de 27 de julio, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en materia de Juzgados de lo Mercantil. · BOE-A-2022-12578
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-08-17.
Texto consolidado
Se mantendrán los Juzgados de lo Mercantil con jurisdicción en un municipio distinto de la capital de la provincia que ya estuvieran establecidos a la entrada en vigor de la presente ley, aunque ese municipio no supere la cifra de población a que se refiere el apartado 3 del artículo 86 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
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