Disposición transitoria primera. Incorporación de los beneficios fiscales al estado de gastos de los presupuestos.
Disposición transitoria primera de la Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra. · BOE-A-2007-9829
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-01-01.
Texto consolidado
(Degorada).
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Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2012-1545.
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