El Vínculo El Vínculo.
Ley Foral Vigente

Disposición transitoria primera.

Disposición transitoria primera de la Ley Foral 12/2000, de 16 de noviembre, de Atención Farmacéutica. · BOE-A-2001-3425

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-11-28.

Texto consolidado

De conformidad con la disposición transitoria sexta de la Ley 25/1990, de 20 de diciembre, del Medicamento, los farmacéuticos en ejercicio profesional con oficina de farmacia o en un servicio de farmacia hospitalaria y demás estructuras asistenciales, que a la entrada en vigor de esta ley tengan intereses económicos directos en laboratorios farmacéuticos autorizados, podrán mantener esos intereses hasta la extinción de la autorización o transferencia del laboratorio.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2000-11-28.

Más artículos de Ley Foral 12/2000

En El Vínculo puedes leer Ley Foral 12/2000 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.