Disposición transitoria primera. Demarcaciones de las secciones territoriales
Disposición transitoria primera de la Ley 9/2005, de 7 de julio, del Jurado de Expropiación de Cataluña. · BOE-A-2005-14079
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-07-16.
Texto consolidado
Mientras no se desarrolle lo establecido por el artículo 3.1, el Jurado de Expropiación de Cataluña se estructura en las secciones territoriales de Barcelona, Girona, Lleida, Tarragona y Terres de l'Ebre, cuya demarcación se corresponde con los ámbitos territoriales de las delegaciones territoriales del Gobierno de la Generalidad en el momento de la entrada en vigor de la presente ley.