Disposición transitoria primera.
Disposición transitoria primera de la Ley 9/1986, de 30 de diciembre, por la que se crean los Entes de derecho público Instituto Valenciano de Artes Escénicas, Cinematografía y Música e Instituto Valenciano de Arte Moderno. · BOE-A-1987-2492
Atención: Ley 9/1986 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
En materia presupuestaria la presente Ley será de aplicación en los Presupuestos de la Generalitat Valenciana del año 1987. Transitoriamente la conselleria competente en materia de cultura, dotará a ambos Institutos de los créditos necesarios a cargo de las dotaciones que la misma tenga previstas para el cumplimiento de los fines de los mismos. Todo ello, sin perjuicio de los restantes recursos económicos que la presente Ley reconoce a las dos Instituciones.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 16/2003, de 17 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat Valenciana..