Disposición transitoria primera. Recursos para el inicio del funcionamiento del Instituto.
Disposición transitoria primera de la Ley 8/2007, de 2 de marzo, de ordenación de Centros Superiores de Enseñanzas Artísticas y de la creación del Instituto Superior de Enseñanzas Artísticas de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2007-7419
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-03-09.
Texto consolidado
El Consell dispondrá la dotación de los medios personales y materiales necesarios para la puesta en funcionamiento del Instituto y el correcto desempeño de las funciones que esta ley otorga al Instituto Superior de Enseñanzas Artísticas de la Comunitat Valenciana.
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