Disposición transitoria primera. Mandato de los miembros del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid.
Disposición transitoria primera de la Ley 5/2016, de 22 de julio, por la que se modifica la Regulación del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2016-11098
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-08-11.
Texto consolidado
A la entrada en vigor de esta Ley, los funcionarios que ostentan los cargos de Presidente o Vocal del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid continuarán en sus puestos hasta que finalicen sus nombramientos y tomen posesión los nuevos miembros designados por concurso de méritos objetivo.
Los cargos de Vocal no cubiertos a la entrada en vigor de esta Ley serán cubiertos de forma inmediata a través del procedimiento establecido en la misma, con fecha 1 de enero de 2017.
Más artículos de Ley 5/2016
- ← Artículo único. Modificación de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y Racionaliza…
- → Disposición transitoria segunda. Convenio en materia de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
- Ver la norma completa: Ley 5/2016, de 22 de julio, por la que se modifica la Regulación del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid.