El Vínculo El Vínculo.
Ley Derogada

Disposición transitoria primera. Procedimientos iniciados.

Disposición transitoria primera de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón. · BOE-A-2015-5329

Atención: Ley 5/2015 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Los procedimientos de concesión de subvenciones que estuvieran iniciados a la entrada en vigor de la presente ley se regirán por la normativa vigente en el momento de la convocatoria de subvenciones.

2. Las subvenciones directas concedidas con anterioridad a la entrada en vigor de la presente ley continuarán rigiéndose por la normativa vigente en el momento de la concesión.

3. El régimen sancionador previsto en esta ley será de aplicación a los beneficiarios y a las entidades colaboradoras, en los supuestos previstos en esta disposición transitoria, siempre que el régimen jurídico sea más favorable en la legislación anterior.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-05-10.

Más artículos de Ley 5/2015

En El Vínculo puedes leer Ley 5/2015 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.