Disposición transitoria primera.
Disposición transitoria primera de la Ley 41/1999, de 12 de noviembre, sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores. · BOE-A-1999-21980
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-01-17.
Texto consolidado
Sin perjuicio de la aplicación de las disposiciones de la presente Ley, a partir del momento de su entrada en vigor, los sistemas españoles reconocidos en el artículo 8 de esta Ley publicarán sus normas generales de adhesión y funcionamiento en el "Boletín Oficial del Estado" y, además, en su caso, en el "Diario Oficial" autonómico correspondiente, en el plazo máximo de seis meses, a contar desde la entrada en vigor de esta Ley.
Se numera, con efectos de 1 de enero de 2005, por la disposición adicional 39.5 de la Ley 2/2004, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2004-21688