Disposición transitoria primera. Comisión Gestora.
Disposición transitoria primera de la Ley 4/2013, de 4 de marzo, de Creación del Colegio Profesional de Educadores Sociales de La Rioja. · BOE-A-2013-3146
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-03-12.
Texto consolidado
La Asociación Profesional de Educadores Sociales de La Rioja creará la Comisión Gestora, integrada por seis miembros que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 3 o la disposición transitoria tercera de la presente ley, comisión que en el plazo máximo de seis meses a partir de la entrada en vigor de esta ley:
a) Elaborará y aprobará unos estatutos provisionales que regularán necesariamente la participación y el funcionamiento de la Asamblea Constituyente y su convocatoria.
b) Convocará la Asamblea Constituyente para garantizar la participación en la misma de los profesionales que ejerzan en La Rioja y reúnan los requisitos para incorporarse al Colegio.
c) Elaborará un anteproyecto de Estatuto definitivo para someter a la consideración de la Asamblea Constituyente.
Dicha Comisión Gestora actuará como órgano de gobierno provisional en los términos previstos en este régimen transitorio.