Disposición transitoria primera. Integración de centros docentes ya existentes.
Disposición transitoria primera de la Ley 4/1997, de 30 de mayo, de reconocimiento de la Universidad "Mondragon Unibertsitatea". · BOE-A-2012-411
Atención: Ley 4/1997 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los centros docentes «Escuela Universitaria de Ingeniería Técnica de Mondragón», «Escuela de Estudios Empresariales de Oñate» e «Irakasle Eskola, Escuela de Magisterio de Eskoriatza», actualmente escuelas universitarias adscritas a la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea, pasan a ser unidades estructurales de la Universidad «Mondragon Unibertsitatea» como centros docentes integrados, con las denominaciones de «Escuela Politécnica Superior», «Facultad de Ciencias Empresariales» y «Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación», respectivamente.
Los alumnos que cursen sus estudios en las actuales escuelas universitarias «Escuela Universitaria de Ingeniería Técnica de Mondragón», «Escuela de Estudios Empresariales de Oñati» e «Irakasle Eskola, Escuela de Magisterio de Eskoriatza» en el momento de la entrada en vigor de esta ley podrán optar por continuar sus estudios en la nueva Universidad o en el centro de la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea que corresponda.