Disposición transitoria primera. Aplicación a las obras de construcción en ejecución a la entrada en vigor de la Ley.
Disposición transitoria primera de la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción. · BOE-A-2006-18205
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-04-19.
Texto consolidado
Lo dispuesto en los artículos 4 y 5 de esta Ley, en cuanto a los requisitos de los contratistas y subcontratistas y al régimen de subcontratación, respectivamente, no será de aplicación a las obras de construcción cuya ejecución se haya iniciado con anterioridad a la entrada en vigor de la misma.
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