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Ley Vigente

Disposición transitoria primera.

Disposición transitoria primera de la Ley 3/2002, de 20 de mayo, de creación del Colegio Profesional de Protésicos Dentales de Las Palmas. · BOE-A-2002-11819

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-06-04.

Texto consolidado

La Asociación Comisión Promotora del Colegio Profesional de Protésicos Dentales de Las Palmas se constituirá en Comisión Gestora con el fin de que en un plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor de la presente Ley proceda a:

a) Establecer los requisitos que regulen la condición de colegiado, circunstancia que permitirá participar en la asamblea constituyente del colegio.

b) Regular el procedimiento de convocatoria y desarrollo de la asamblea constituyente. Dicha convocatoria se publicará con una antelación mínima de quince días en el «Boletín Oficial de Canarias» y en dos diarios de la mayor difusión del ámbito territorial del colegio.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-06-04.

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