Disposición transitoria primera.
Disposición transitoria primera de la Ley 3/2001, de 4 de mayo, de Juego y Apuestas. · BOE-A-2001-12264
Atención: Ley 3/2001 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Las funciones de inspección y control, hasta que se dé cumplimiento a lo previsto en el título V, se ejercerán entre la Administración de la Comunidad Autónoma y la Administración del Estado.