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Ley Vigente

Disposición transitoria primera. Adaptación de la normativa de las entidades deportivas.

Disposición transitoria primera de la Ley 2/2023, de 7 de febrero, de la actividad física y el deporte de las Illes Balears. · BOE-A-2023-13669

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-03.

Texto consolidado

Las entidades deportivas dispondrán del plazo de un año a partir de la entrada en vigor de la ley para adaptar sus estatutos y reglamentos. Asimismo, se tendrán que adaptar a los plazos que se determinen en las normas de desarrollo que se dicten.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-03-03.

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