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Ley Vigente

Disposición transitoria primera. Potestad sancionadora.

Disposición transitoria primera de la Ley 2/2015, de 4 de marzo, por la que se aprueba el Estatuto del Consumidor de Castilla y León. · BOE-A-2015-3280

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-04-01.

Texto consolidado

La presente Ley no será de aplicación a los procedimientos administrativos sancionadores iniciados antes de su entrada en vigor, excepto en aquello que favorezca al presunto infractor.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-04-01.

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