Disposición transitoria primera. Productora de Programas del Principado de Asturias, S. A.
Disposición transitoria primera de la Ley 2/2003, de 17 de marzo, de Medios de Comunicación Social. · BOE-A-2003-8794
Atención: Ley 2/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
(Derogada)
Se numera como primera por el art. 10.3 de la Ley autonómica 6/2003, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-2004-2367.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2006-6559.