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Ley Vigente

Disposición transitoria primera. Personalidad jurídica y capacidad de obrar.

Disposición transitoria primera de la Ley 19/2002, de 18 de septiembre, de creación, por segregación, del Colegio Profesional de Psicólogos de Aragón. · BOE-A-2002-19489

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-09-26.

Texto consolidado

El Colegio Profesional de Psicólogos de Aragón tendrá personalidad jurídica desde la entrada en vigor de la presente Ley, y capacidad de obrar una vez constituidos sus órganos de gobierno.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-09-26.

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