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Ley Derogada

Disposición transitoria primera. Empresa única.

Disposición transitoria primera de la Ley 15/2006, de 24 de octubre, de Juego de Cantabria. · BOE-A-2006-20768

Atención: Ley 15/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

En los bares, cafeterías y bares-restaurantes, donde se encuentren instaladas máquinas recreativas de tipo B, pertenecientes a empresas operadoras diferentes, podrán continuar instaladas hasta que se extingan sus respectivas autorizaciones de instalación. No obstante, la autorización de instalación de la máquina que primero se extinga podrá ser renovada de mutuo acuerdo entre la empresa operadora y el titular del establecimiento, hasta la fecha del vencimiento de la última.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-10-28.

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