Disposición transitoria primera.
Disposición transitoria primera de la Ley 15/2001, de 3 de octubre, de creación, por segregación, del Colegio Profesional de Decoradores de Aragón. · BOE-A-2001-20280
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-11-04.
Texto consolidado
El Colegio Profesional de Decoradores de Aragón tendrá personalidad jurídica desde la entrada en vigor de la presente Ley, y capacidad de obrar una vez constituidos sus órganos de gobierno.