Disposición transitoria primera. Agencia Tributaria, procedimientos en curso.
Disposición transitoria primera de la Ley 14/2012, de 27 de diciembre, de medidas tributarias, administrativas y de reordenación del sector público regional. · BOE-A-2013-1927
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-01-01.
Texto consolidado
A partir de la fecha en que la Agencia Tributaria de la Región de Murcia inicie su actividad, los procedimientos que se estén tramitando ante los órganos y las unidades administrativas de la Dirección General de Tributos y del organismo autónomo Agencia Regional de Recaudación pasarán a ser tramitados por los órganos y las unidades administrativas equivalentes de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia.
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