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Ley Vigente

Disposición transitoria primera.

Disposición transitoria primera de la Ley 12/2000, de 13 de diciembre, de creación del Colegio Oficial de Fisioterapeutas de las Illes Balears. · BOE-A-2001-1262

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-12-22.

Texto consolidado

La Delegación de la Asociación Española de Fisioterapeutas en Baleares, en el plazo de seis meses a contar desde la entrada en vigor de esta Ley, ha de aprobar unos Estatutos provisionales del Colegio que regulen:

a) Los requisitos para la adquisición de la condición de colegiado, condición que le permitirá participar en la Asamblea Constituyente del Colegio.

b) El procedimiento de convocatoria y desarrollo de la Asamblea Constituyente, que se publicará en el «Boletín Oficial de las Illes Balears» y en los periódicos de mayor difusión en esta comunidad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2000-12-22.

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