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Ley Vigente 2 redacciones

Disposición transitoria primera.

Disposición transitoria primera de la Ley 11/2016, de 28 de noviembre, de la Agencia de Prevención y Lucha contra el Fraude y la Corrupción de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2016-12048

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-01-01.

Texto consolidado

Uno. Durante el año 2016, los recursos económicos de la agencia estarán integrados por:

1. Las asignaciones presupuestarias correspondientes con cargo a los presupuestos de la Generalitat valenciana.

2. Los rendimientos procedentes de los bienes y derechos que le sean adscritos.

3. Cualquier otro ingreso que le corresponda en virtud de ley, contrato y convenio.

Dos. El director o directora de la agencia, en el plazo de seis meses desde su nombramiento, elaborará y presentará a les Corts Valencianes el proyecto de reglamento de funcionamiento y régimen interior de la agencia para su posterior aprobación por parte de la agencia. Este reglamento se publicará en el Butlletí Oficial de les Corts y en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-01-01.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2019-1987.

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