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Ley Derogada

Disposición transitoria primera.

Disposición transitoria primera de la Ley 10/1985, de 14 de agosto, de Concentración Parcelaria para Galicia. · BOE-A-1985-23695

Atención: Ley 10/1985 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. La consejería competente en materia de agricultura podrá declarar de oficio caducados, a propuesta del correspondiente Servicio Provincial y previo informe motivado, aquellos expedientes de concentración parcelaria que a la fecha de entrada en vigor de la presente Ley hayan sido iniciados por Decreto y que después de su publicación han quedado paralizados por cinco o más años sin que, al amparo de los mismos, se hubieran dictado actos administrativos firmes.

2. Respecto a los expedientes de concentración parcelaria que, a la entrada en vigor de la presente Ley, hayan sido iniciados por Decreto y que después de su publicación hubieran quedado paralizados por diez o más años y a cuyo amparo se hubiesen realizado actuaciones que hayan conducido a la declaración de firmeza de las bases definitivas o se hubiesen ejecutado otras inversiones por parte de la Administración, podrán ser declarados nulos aquellos actos administrativos que pusiesen fin a la vía administrativa, de conformidad y con los requisitos establecidos en la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3. En los expedientes de concentración parcelaria administrativamente concluidos, llevados a cabo con anterioridad a los Reales Decretos 2423/1982 y 1124/1985, por los que se traspasan funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de reforma y desarrollo agrario, pero en los cuales la reorganización de la propiedad no ha sido aceptada por los interesados, podrán solicitar los mismos una nueva concentración al amparo del artículo 7 de la presente Ley, tomando como aportación de los propietarios el valor de las parcelas aportadas del pasado proceso.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-10-30.

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