El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Disposición transitoria primera.

Disposición transitoria primera de la Ley 1/1998, de 2 de marzo, de Fundaciones de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-1998-19581

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-06-02.

Texto consolidado

Las fundaciones que sean competencia de la Comunidad de Madrid deberán, en su caso, adaptar sus estatutos a las disposiciones de la presente Ley en el plazo de dos años a contar desde su entrada en vigor, o desde el momento en que la Comunidad de Madrid devenga competente.

Se numera por el art. 15.10 de la Ley 2/2004, de 31 de mayo de 2004. Ref. BOE-A-2004-12575.

Su anterior denominación era disposición transitoria.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2004-06-02.

Más artículos de Ley 1/1998

En El Vínculo puedes leer Ley 1/1998 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.