Disposición transitoria.
Disposición transitoria de la Orden de 28 de julio de 1980 por la que se dan normas sobre núcleos zoológicos, establecimientos para la equitación, centros para el fomento y cuidado de animales de compañía y similares. · BOE-A-1980-19645
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1980-10-01.
Texto consolidado
Se concede un plazo de seis meses, a partir de la publicación de la presente disposición en el «Boletín Oficial», para que los núcleos, centros y agrupaciones similares a que hace referencia la misma, soliciten el registro correspondiente, adaptándose a la normativa que ahora se establece.