Disposición transitoria octava.
Disposición transitoria octava del Real Decreto 1835/1991, de 20 de diciembre, sobre Federaciones deportivas españolas. · BOE-A-1991-30862
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1991-12-31.
Texto consolidado
Para las elecciones a los órganos de gobierno y representación de las Federaciones deportivas españolas que se celebren en el año 1992, las actuales Juntas Directivas elaborarán los correspondientes Reglamentos electorales, que serán aprobados definitivamente por la Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes en los plazos que reglamentariamente se establezcan.