Disposición transitoria novena.
Disposición transitoria novena de la Ley 8/2002, de 21 de octubre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas. · BOE-A-2002-22547
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-12-24.
Texto consolidado
En el plazo máximo de los tres meses siguientes a la entrada en vigor de la presente ley, se designarán los representantes de las Administraciones, organizaciones y asociaciones a que se refiere el artículo 48.1 de esta Ley, los cuales serán nombrados mediante acuerdo del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias dentro del mes siguiente a la finalización del plazo precedente. Dicho acuerdo establecerá también la fecha de la reunión constitutiva del pleno del Consejo Asesor de espectáculos públicos y actividades recreativas del Principado de Asturias.