El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Disposición transitoria.

Disposición transitoria de la Ley 20/2000, de 29 de diciembre, de Creación del Instituto Catalán de las Industrias Culturales. · BOE-A-2001-2352

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-02-01.

Texto consolidado

1. El personal laboral que, en la fecha de entrada en vigor de la presente Ley, preste servicios en el Departamento de Cultura o en una entidad dependiente del Departamento de Cultura y que esté adscrito a funciones que, de acuerdo con la presente Ley y con la normativa que la desarrolle, sean asumidas por el Instituto Catalán de las Industrias Culturales, se integrará en el Instituto por aplicación del mecanismo de sucesión de empresa.

2. El personal funcionario que, en la fecha de entrada en vigor de la presente Ley, preste servicios en el Departamento de Cultura o en una entidad dependiente del Departamento de Cultura y que esté adscrito a funciones que, de acuerdo con la presente Ley y con la normativa que la desarrolle, sean asumidas por el Instituto Catalán de las Industrias Culturales, puede optar por:

a) Integrarse en el Instituto como personal laboral, con reconocimiento a todos los efectos de la antigüedad reconocida en la Administración de la Generalidad y quedar en ésta en situación de excedencia voluntaria por incompatibilidad.

b) Mantener su condición de funcionario o funcionaria en el Instituto y ocupar un puesto a extinguir. Este puesto quedará extinguido cuando el funcionario o funcionaria obtenga otra plaza con carácter definitivo o cuando el puesto quede vacante por cualquier otra causa que no comporte reserva del puesto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-02-01.

Más artículos de Ley 20/2000

En El Vínculo puedes leer Ley 20/2000 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.