Disposición transitoria.
Disposición transitoria de la Ley 2/1993, de 5 de marzo, de Fomento y Protección de la Cultura Popular y Tradicional y del Asociacionismo Cultural. · BOE-A-1993-8975
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1993-04-02.
Texto consolidado
El Departamento de Cultura tramitará de oficio la declaración como asociaciones de interés cultural de todas las asociaciones culturales que en el momento de la entrada en vigor de la presente Ley hayan sido declaradas de utilidad pública y cumplan los requisitos establecidos en la presente Ley.