DISPOSICIÓN TRANSITORIA
DISPOSICIÓN TRANSITORIA de la Ley 2/1983 de 23 de diciembre de bandera, escudo e himno de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-1984-3351
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1983-12-24.
Texto consolidado
En el plazo de un mes, a partir de la entrada en vigor del Decreto a que hace referencia la disposición adicional, todos los organismos de la Administración Autonómica y de las Administraciones municipales de la Comunidad de Madrid deberán utilizar, en los términos de esta Ley, la bandera, escudo e himno de la Comunidad de Madrid.