Disposición transitoria.
Disposición transitoria de la Ley 11/2023, de 9 de noviembre, de movilidad sostenible de Euskadi. · BOE-A-2023-25012
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-11-24.
Texto consolidado
A la entrada en vigor de la presente ley, el Plan Director de Transporte Sostenible de Euskadi 2030 mantendrá plena eficacia y vigencia conforme a sus disposiciones y hasta la entrada en vigor del primer Plan de Movilidad Sostenible de Euskadi, que deberá aprobarse en el plazo de dos años.