Disposición transitoria II.
Disposición transitoria II del Real Decreto 2531/1986, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento para la recaudación de las cuotas de la Mutualidad Nacional de Previsión de la Administración Local. · BOE-A-1986-32525
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1986-12-14.
Texto consolidado
A las Corporaciones y Entidades afiliadas que en 31 de diciembre tuviesen débitos pendientes de pago con la MUNPAL, y que durante los seis meses siguientes a la entrada en vigor de la presente disposición no los hubiesen hecho efectivos, o no hubiesen solicitado acogerse a un Convenio de los descritos en la disposición transitoria precedente, o habiendo solicitado se les haya denegado su suscripción, le será de aplicación lo dispuesto en el punto 4 de la disposición transitoria primera para los casos de incumplimiento de Convenio, con la expedición por la Mutualidad de la oportuna certificación de descubierto y aplicación de los recargos correspondientes.