Disposición transitoria. Proyectos en tramitación.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-10-29.
Texto consolidado
Los proyectos a los que se refiere el artículo 14.2 del Decreto-ley 2/2022, de 23 de junio, que estén ubicados en zonas de sensibilidad moderada según la «Zonificación ambiental para la implantación de energías renovables», herramienta elaborada por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y que, a la entrada en vigor de este Decreto-ley hubieran iniciado su tramitación conforme al procedimiento de determinación de afección ambiental previsto en el artículo 15 del Decreto-ley 2/2022, de 23 de junio, continuarán dicha tramitación de acuerdo con los artículos mencionados.
Más artículos de Decreto-ley 4/2022
- ← Artículo 3. Incremento retributivo en el sector público autonómico.
- → Disposición final. Entrada en vigor.
- Ver la norma completa: Decreto-ley 4/2022, de 27 de octubre, de modificación del Decreto-Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León, del Decreto-Ley 2/2022, de 23 de junio, por el que se adoptan medidas urgentes para la agilización de la gestión de los fondos europeos y el impulso de la actividad económica y por el que se actualizan las retribuciones para 2022 en el ámbito del sector público de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.