Disposición transitoria.
Disposición transitoria del Decreto-ley 21/2020, de 2 de junio, de medidas urgentes de carácter económico, cultural y social. · BOE-A-2020-8751
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-06-04.
Texto consolidado
Las solicitudes de la prestación previstas en este Decreto-ley que hayan sido presentadas antes de finalizar el estado de alarma decretado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y sus prórrogas o, posteriormente, antes que se agote la dotación presupuestaria, y se encuentren pendientes de resolución en aquella fecha, se tramitarán de acuerdo con lo establecido en este Decreto-ley.