Disposición transitoria decimotercera. Régimen transitorio del canon de trasvase Guadiaro-Majaceite.
Disposición transitoria decimotercera de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas para Andalucía. · BOE-A-2010-13465
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-01-01.
Texto consolidado
1. El canon de trasvase que se apruebe para el ejercicio 2023 se regirá por la normativa vigente en el momento de su aprobación.
No obstante, en caso de que por razones propias de la tramitación, por la interposición de recursos o reclamaciones, o por otras causas, no se hubiera fijado la cuantía del canon de trasvase para el ejercicio 2023, se considerará prorrogada la cuantía aprobada para el ejercicio 2022.
2. El canon de trasvase que se apruebe o prorrogue para los ejercicios 2024 y siguientes se regirá por lo dispuesto en la disposición adicional decimoctava de esta Ley.
Más artículos de Ley 9/2010
- ← Disposición transitoria decimosegunda. Régimen transitorio de los hechos imponibles del canon de mejora de infraestru…
- → Disposición transitoria decimocuarta. Régimen transitorio del canon de mejora de infraestructuras hidráulicas de inte…
- Ver la norma completa: Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas para Andalucía.